Qué hacemos

La AEDIDH trabaja desde su fundación en cinco áreas prioritarias:

  1. Promoción del derecho humano a la paz.
  2. Erradicación de la tortura y otros malos tratos.
  3. Defensa de los derechos humanos de las personas migrantes.
  4. Recuperación de la memoria histórica sobre las violaciones de los derechos humanos cometidas en el pasado.
  5. Estudio de la práctica española y latinoamericana en aplicación del derecho internacional de los derechos humanos (DIDH).

art001

1. Promoción del derecho humano a la paz

La AEDIDH condujo amplias consultas de personas expertas en toda España durante 2005-2006 para definir el contenido y alcance del derecho humano a la paz como derecho emergente al que todos aspiramos. Fruto de esas consultas fue la aprobación el 30 de octubre de 2006, por un comité de redacción de quince personas expertas, de la Declaración de Luarca sobre el Derecho Humano a la Paz.

Entre 2007 y 2010 la AEDIDH lideró la «Campaña mundial a favor del derecho humano a la paz», llevando la Declaración de Luarca a todas las regiones del mundo y a las Naciones Unidas. El texto fue consultado con personas expertas de diferentes sensibilidades culturales. Sus importantes aportaciones dieron lugar a la aprobación a lo largo de 2010 de las Declaraciones de Bilbao, Barcelona y Santiago sobre el Derecho Humano a la Paz. También se estableció el 10 de diciembre de 2010 el Observatorio Internacional del Derecho Humano a la Paz (OIDHP) que, con sede en el palacio de Aiete de San Sebastián, promueve la aplicación de la Declaración de Santiago en todo el mundo.

Paralelamente, la AEDIDH y 2000 OSC y ciudades asociadas de todo el mundo formularon numerosas declaraciones escritas y orales en nombre de la sociedad civil ante los órganos competentes de las Naciones Unidas, instando a sus Estados Miembros a iniciar la codificación oficial del derecho humano a la paz.

El 17 de junio de 2010 el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (resolución 14/3) reconoció la importante contribución de la sociedad civil a la codificación del derecho a la paz y pidió a su Comité Asesor que redactara una declaración sobre el derecho de los pueblos a la paz, lo que terminó en abril de 2012. La declaración del Comité Asesor hace suyas el 85 % de las normas que habían sido propuestas por la sociedad civil en la Declaración de Santiago de 2010.

Por su parte, el Consejo de Derechos Humanos (resolución 20/15, de 5 de julio de 2012, aprobada con un solo voto en contra [Estados Unidos]) estableció un grupo de trabajo intergubernamental para continuar el proceso de codificación de una declaración de las Naciones Unidas sobre el derecho a la paz, sobre la base de la declaración aprobada por su Comité Asesor.

En 2016 tanto el Consejo de Derechos Humanos como la Asamblea General de las Naciones Unidas (Resolución 71/189, de 19 de diciembre de 2016, aprobada por 131 votos a favor, 34 en contra y 19 abstenciones) aprobaron una Declaración sobre el Derecho a la Paz  que fue rechazada por la sociedad civil al considerarla insuficiente, pues, a diferencia de la Declaración de Santiago o de la Declaración del Comité Asesor de 2012, no reconoció el derecho humano a la paz ni sus elementos esenciales.

La AEDIDH y el OIDHP acompañan estrechamente el trabajo codificador en el seno de las Naciones Unidas desde 2010. Su visión es que la Asamblea General de las Naciones Unidas apruebe el proyecto de  Declaración Universal sobre el Derecho Humano a la  Paz, de 14 de julio de 2019, suscrito por más de 700 OSC, que tenga debidamente en cuenta la Declaración de Santiago de 2010 y sus trabajos preparatorios.

La iniciativa legislativa internacional de la AEDIDH y del OIDHP cuenta también con significativas adhesiones institucionales, tales como la Universidad de Oviedo, el Congreso de los Diputados, la Junta General del Principado de Asturias, el Cabildo Insular de Gran Canaria, los Parlamentos de Cataluña, Navarra y País Vasco, así como de varios municipios asturianos y de la Federación Asturiana de Concejos.

2. Defensa de los derechos humanos de las personas migrantes

La AEDIDH reclama a España y a los demás Estados miembros de la Unión Europea que ratifiquen urgentemente la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migrantes y de sus familiares y la apliquen. Las políticas migratorias de los Estados deben ser respetuosas con los derechos humanos de las personas migrantes.

Medidas como la detención administrativa en Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE) de personas extranjeras en situación administrativa irregular pero que no han cometido delito alguno, son discriminatorias e incompatibles con las normas internacionales de derechos humanos que obligan a España. Así lo ha defendido la AEDIDH ante el Comité de las Naciones Unidas para la Eliminación de la Discriminación Racial y el Grupo de Trabajo del Consejo de Derechos Humanos sobre la Detención Arbitraria, entre otras instancias internacionales.

Por consiguiente, la AEDIDH, junto a otras OSC españolas y europeas, reclama el cierre inmediato de todos los CIE o lugares de detención equivalentes, así como el respeto a los derechos humanos de las personas extranjeras en situación irregular.

3. La erradicación de la tortura y otros malos tratos

La AEDIDH ha reclamado ante los órganos competentes de las Naciones Unidas (Comité de Derechos Humanos, Comité contra la Tortura y Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria), que España revise su legislación antiterrorista y las políticas públicas conexas, a fin de hacerlas compatibles con las normas internacionales de derechos humanos que protegen contra la tortura y los malos tratos a las personas detenidas, así como las garantías procesales de las que deben disfrutar las personas procesadas, tales como el acceso a  abogado y médico de su elección, a miembros de su familia, presunción de inocencia y libertad condicional en espera de juicio.

El 26 de junio de 2015 la AEDIDH suscribió con otras OSC el Manifiesto de Madrid para la erradicación de la tortura y los malos tratos, reclamando a España que se apliquen las medidas de protección recomendadas por los órganos internacionales de derechos humanos; la abolición de los centros de internamiento de personas extranjeras; que se investiguen las denuncias de tortura; y que se proporcione una reparación adecuada a las víctimas de la tortura y otros malos tratos.

4. Recuperación de la memoria histórica sobre las violaciones de los derechos humanos cometidas en el pasado

Desde 2007 la AEDIDH ha denunciado ante las Naciones Unidas (Comité de Derechos Humanos, Comité contra la Tortura, Grupo de Trabajo del Consejo de Derechos Humanos sobre las Desapariciones Forzadas o Involuntarias, Relator Especial sobre el derecho de las víctimas a la verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición, y Comité contra la Desaparición Forzada), la falta de una investigación oficial de los numerosos casos de desapariciones forzadas, ejecuciones sumarias y torturas que se produjeron en España durante la Guerra Civil y la posterior represión franquista.

Amparada en el derecho internacional de los derechos humanos, la AEDIDH reclama para las víctimas (y familiares) de esos crímenes internacionales, el respeto al derecho a la verdad, la justicia, la reparación y a obtener garantías de no repetición. A esos efectos, se debiera establecer urgentemente una Comisión de la Verdad de personas expertas independientes, que formule recomendaciones que vinculen a los poderes públicos.

Además, el Estado debe proceder a la investigación judicial sistemática, en el marco de la Audiencia Nacional, de los casos denunciados de desapariciones, ejecuciones y tortura, así como medidas de reparación inmediatas y efectivas para las víctimas y sus familiares.

5. Estudio de la práctica española y latinoamericana en aplicación del derecho internacional de los derechos humanos (DIDH)

En este ámbito, entre los fines de la AEDIDH figuran los siguientes:

  1. Promover la enseñanza, la capacitación, la investigación, el desarrollo y la aplicación del derecho internacional de los derechos humanos (DIDH); esto es, el  conjunto de normas e instituciones que han sido desarrolladas por la práctica de los Estados a través de la Organización de las Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales, universales y regionales, cuyo objetivo es el establecimiento de un régimen jurídico-internacional para la protección de los derechos humanos y libertades fundamentales sin ningún tipo de discriminación.
  2. Introducir los valores propios del DIDH en los programas educativos, políticos, sociales, culturales del territorio español y en particular en el territorio de aquellas Comunidades autónomas donde la AEDIDH tenga sede o delegación, así como promover el desarrollo de la sociedad civil en materia de Derechos Humanos en dichos territorios;
  3. Participar en la divulgación, promoción y defensa del DIDH en el conjunto del territorio del Estado español y otros países de lengua española, así como en aquellos países o pueblos de habla no hispana con los que España o cualesquiera de sus Comunidades autónomas mantengan especiales vínculos de carácter histórico, cultural o geográfico;
  4. Asesorar y representar a las víctimas de violaciones de los derechos humanos ante los órganos nacionales e internacionales de protección;
  5. Ejecutar y/o participar en programas de cooperación al desarrollo incorporando los valores del DIDH –en especial el principio de igualdad para mujeres y hombres; la prohibición de toda discriminación por motivos de sexo, raza, color, idioma, cultura, religión, convicción, opinión política o de otra índole, origen nacional, étnico o social, nacionalidad, edad, situación económica, patrimonio, estado civil, nacimiento o cualquier otra condición y el principio de respeto a la diversidad– con el fin de favorecer, entre otros, los siguientes objetivos:
    • La consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) establecidos en 2015 por las Naciones Unidas, con miras a alcanzarlos en 2030;
    • la instauración y consolidación de los regímenes democráticos;
    • la protección, reconocimiento y respeto de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales;
    • la paz, la erradicación de la pobreza, la democracia, la participación ciudadana y el desarrollo de la sociedad civil;
    • la protección del medioambiente;
    • la protección de los sectores más vulnerables de las poblaciones afectadas, entre otros, niños y jóvenes, mujeres, ancianos, minorías, migrantes, discapacitados y poblaciones rurales e indígenas.
  6. Contribuir al desarrollo del DIDH en el marco de las Organizaciones Internacionales.

Comentarios cerrados.