Declaración de la AEDIDH con motivo de la conmemoración del Día Internacional de la Paz

Ginebra, 21 de septiembre de 2013

Por el derecho humano a la paz

Con motivo de la conmemoración del Día Internacional de la Paz

Ginebra, 21 de septiembre de 2013

La paz es un valor universal al que todos aspiramos. Pero es también un derecho humano del que son titulares tanto las personas como los pueblos, grupos, colectivos, minorías y la propia humanidad.

Definir los contenidos del derecho humano a la paz ha sido la tarea que ha acometido la Asociación Española para el Derecho Internacional de los Derechos Humanos desde 2005, a la que se ha incorporado el Observatorio Internacional del Derecho Humano a la Paz a partir de su establecimiento en diciembre de 2010, con el apoyo de un colectivo de más de 2000 organizaciones de la sociedad civil, ciudades e instituciones de todo el mundo. La sociedad civil concluyó sus trabajos de codificación del derecho humano a la paz el 10 de diciembre de 2010, con la aprobación de la Declaración de Santiago sobre el Derecho Humano a la Paz y los estatutos del Observatorio Internacional del Derecho Humano a la Paz.

Desde entonces, la Declaración de Santiago fue sometida a la consideración de los órganos competentes de la Organización de las Naciones Unidas (Consejo de Derechos Humanos y su Comité Asesor), a fin de persuadir a los Estados miembros a redactar una Declaración Universal del Derecho Humano a la Paz que podría ser aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 2014.

En 2010 el Consejo de Derechos Humanos reconoció la importante contribución de la sociedad civil en esta materia y encargó a su Comité Asesor la redacción de una declaración sobre el derecho de los pueblos a la paz.

En 2012 el Comité Asesor presentó su declaración sobre el derecho a la paz, que contenía el 85 % de las normas propuestas en la Declaración de Santiago de 2010.

En ambas declaraciones la paz es considerada desde una perspectiva holística, de modo que incluye no solamente la paz «negativa» (ausencia de conflictos armados, derecho al desarme, etc.), sino también la paz «positiva» (ausencia de violencia estructural generada por las desigualdades económico-sociales en el mundo; y ausencia de violencia cultural producida por la violencia de género, la violencia intrafamiliar, la violencia en el puesto de trabajo o la violencia en la escuela).

También en 2012 el Consejo de Derechos Humanos estableció un grupo de trabajo intergubernamental para redactar la declaración de las Naciones Unidas sobre el derecho a la paz sobre la base del proyecto presentado por el Comité Asesor. En febrero de 2014 el citado grupo de trabajo se reunirá por segunda vez en Ginebra, con la participación de la sociedad civil.

El 10 de septiembre de 2013 se reunió en el Instituto de Derechos Humanos de la Universidad Nacional de La Plata (Argentina) un taller de 25 personas expertas de 12 nacionalidades latinoamericanas, que debatió durante cuatro horas sobre los contenidos del derecho humano a la paz. A su término, las personas expertas adoptaron una declaración en la que, entre otras cosas, solicitaron al presidente-relator del grupo de trabajo sobre el derecho a la paz del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, que tenga debidamente en cuenta la contribución de la sociedad civil a través de la Declaración de Santiagodurante la fase intergubernamental y definitiva del proceso de codificación internacional del derecho humano a la paz.

Se invita a toda persona de buena voluntad, organizaciones de la sociedad civil e instituciones públicas de todo el mundo, a continuar sumándose a la alianza mundial a favor del derecho humano a la paz, rellenando un sencillo formulario que se encuentra en www.aedidh.org

 

Por la paz.

Carlos Villán Durán

Presidente de la AEDIDH y representante del OIDHP

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