La AEDIDH se opone a la supresión de la institución del Procurador General del Principado de Asturias

Luarca (Asturias), 26 de diciembre de 2012

El pasado 21 de diciembre de 2012 el pleno de la Junta General del Principado de Asturias aprobó la toma en consideración de la proposición de ley para la supresión de la institución del Procurador General del Principado. Se inicia así el trámite que podría acabar con la supresión de la institución.

Ante estas circunstancias, la Asociación Española para el Derecho Internacional de los Derechos Humanos (AEDIDH) desea manifestar que:

1.Lamenta profundamente la toma en consideración de la proposición de ley y muestra su rechazo y preocupación ante la posibilidad de que se apruebe en el futuro.

2.Hemos sido testigos de la irreemplazable labor garantista de los derechos humanos que esta institución ha desarrollado desde que en  2006 comenzara sus funciones en defensa de los derechos de la ciudadanía, tras haber sido creada por Ley 5/2005, de 16 de diciembre, con el voto a favor de todos los grupos parlamentarios.

3.La supresión de la institución del Procurador General del Principado de Asturias supondría privar a la sociedad asturiana de un medio único de control de la administración autonómica en relación con el ejercicio de sus derechos, así como de un medio de solución y de prevención de conflictos de forma ágil, imparcial y gratuita.

4.Supondría también despojar a las personas pertenecientes a los grupos sociales más vulnerables de un instrumento privilegiado y específico para la protección y defensa de sus derechos, especialmente de los de contenido social.

5.En contra de lo que ciertos grupos políticos han afirmado en la Junta, no existe duplicidad entre las funciones del Procurador General del Principado de Asturias y las del Defensor del Pueblo estatal, pues la Ley 36/1985, de 6 de noviembre, de relaciones entre el Defensor del Pueblo y figuras similares de las comunidades autónomas, articula la distribución funcional entre la institución estatal y las autonómicas mediante la cooperación y colaboración entre ellas, como así ha ocurrido desde entonces en la práctica desarrollada por los diferentes Defensores del Pueblo (estatal y autonómicos).

6.El coste anual de la institución del Procurador General del Principado de Asturias es mínimo, pues supone el 0,02 % del total de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias. Los beneficios que supone su funcionamiento para la ciudadanía son, por tanto, muy superiores.

Por todo lo anterior, la AEDIDH ruega encarecidamente a todos los Grupos Parlamentarios de la Junta General del Principado de Asturias que ahora dicen aceptar la supresión de la institución citada, que sean consecuentes con su compromiso a la hora de constituir la Institución del Procurador General del Principado de Asturias, escuchen a la sociedad civil asturiana y sean respetuosos con una institución que tantos beneficios ha aportado a la construcción democrática del Principado de Asturias.

Por último, la AEDIDH invita a todos los movimientos sociales y políticos asturianos a manifestar su inequívoco apoyo a la citada institución, conscientes de la importancia de sus funciones en el perfeccionamiento del estado de derecho del Principado de Asturias.

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